Si su visa ha sido revocada, es probable que la Embajada de los EE. UU. o el Departamento de Estado le hayan notificado a través de la información de contacto que proporcionó en su solicitud de visa.
A menos que usted haya recibido un correo electrónico u otra notificación que indique que su visa no es válida, por favor consulte la fecha de expiración impresa en la visa para determinar si su visa esta aún vigente.
Tenga en cuenta que una visa no garantiza la entrada a los Estados Unidos. Una visa permite a un ciudadano extranjero viajar al puerto de entrada de EE. UU., y el inspector de inmigración del Departamento de Seguridad Nacional de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) autoriza o niega la admisión a los Estados Unidos.
Las solicitudes de visa se adjudican de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) que otorga la autoridad a funcionarios consulares para emitir o rechazar visas en el extranjero. La Sección 214 (b) presume explícitamente que todo solicitante de visa de visitante es un aspirante a inmigrante y hace recaer sobre él la responsabilidad de desvirtuar esta presunción. Los funcionarios consulares examinan cada solicitud individualmente para determinar si el solicitante tiene vínculos fuera de los Estados Unidos que le obligarán a regresar a su país de origen. El funcionario consular toma en consideración toda la situación del solicitante, incluidos los lazos familiares, sociales, profesionales, de propiedad y económicos con el país de origen del solicitante, así como el historial de viajes anterior y cualquier vínculo con los Estados Unidos.
Una negación, o inelegibilidad, según la sección 214 (b) aplica para una solicitud específica, por lo que una vez que se cierra un caso, la sección consular no puede tomar ninguna otra medida. No hay proceso de apelación. Si considera que hay información adicional que debe considerarse relacionada con la decisión de la visa, o si hay cambios significativos en sus circunstancias desde su última solicitud, puede volver a solicitar una visa.
Denuncia: Por favor, limite su consulta a 1000 caracteres. Las consultas que excedan los 1000 caracteres no se podrán enviar.
Documentos escaneados/fotos si aplica (por ejemplo, prueba de fraude de pasaporte/visa, informe policial, etc.)