A continuación encontrará información para futuros arrendadores sobre contratos de arrendamiento de unidades residenciales con la Embajada de los Estados Unidos de América en Bogotá.
Lineamientos
Manual de Relaciones Exteriores (15 FAM). [Página en inglés]
Resumen
La Embajada de Estados Unidos en Bogotá, Colombia, adquiere aproximadamente 40 nuevos contratos de arrendamiento residenciales por año y se rige a estrictas normas en cuanto arrendamiento y contratación, estipuladas por el Gobierno de los Estados Unidos de América.
No obstante lo anterior, la Embajada de Estados Unidos en Bogotá no tiene agentes de arrendamiento con licencia o inmobiliarias exclusivas autorizadas para actuar en nombre del gobierno, ni hace parte de los requisitos exigidos por el gobierno de los Estados Unidos contar con una inmobiliaria o agente inmobiliario. Si usted es un potencial arrendador y cumple con los siguientes requisitos, puede hacer llegar su oferta al correo BogotaArrendamientos@state.gov, incluyendo:
- nombres de los dueños del inmueble
- dirección completa
- nombre del edificio
- antigüedad del edificio
- área en metros cuadrados según Certificado de Tradición
- número de alcobas
- número de baños
- características del edificio
- algunas fotografías que ilustren los espacios del apartamento
- valor del canon de arrendamiento y valor de la cuota mensual de administración
Requerimientos mínimos
Futuros propietarios deben pasar por rigurosos controles de seguirdad y no deben estar afiliados a entidades que figuran en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN), la cual se encuentra disponible en el Departamento del Tesoro, en la Oficina de Control de Activos Extranjeros: http://www.treas.gov/ofac/
Esta lista también se puede acceder a través del sitio web de EPLS en http://epls.gov/
Antes de firmar un contrato con la Embajada de Estados Unidos, las propiedades arrendadas deben pasar inspecciones de seguridad industrial y física de conformidad con los estándares de los Estados Unidos. Estas inspecciones incluyen servicios eléctricos y de distribución de conexiones, piscinas, balcones, puertas exteriores y las normas de seguridad en caso de incendios.
Las mejoras necesarias para cumplir con los estándares deben ser cumplidas por el potencial arrendador, la Embajada Americana no paga por estas actualizaciones. Todos los apartamentos deben ubicarse dentro de los siguientes límites geográficos: al oriente, Avenida Circunvalar; al occidente, Carrera 18; norte, Calle 100; y al sur, Calle 72.
Adicionalmente, todas las propiedades arrendadas deben estar ubicadas del tercer piso hacia arriba.
Los balcones no deben ser accesibles a través de otro apartamento en el edificio. En caso que la Embajada de los Estados Unidos se encuentre ineresada en su inmueble, uno de nuestros funcionarios se comunicará con usted para visitar el apartamento y le indicará cuáles son los pasos a seguir.
Debe haber un área de parqueo controlada y segura disponible. Los pasillos en las áreas comunes dentro del edificio deben estar iluminados adecuadamente. Cada unidad deberá tener una salida secundaria en caso de emergencia. Las puertas de entrada al apartamento deben estar provistas de un ojo mágico.
CCTV son convenientes para las áreas comunes del edificio. Esto es una breve explicación pero los requerimientos serán solicitados específicamente sobre cada unidad.