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Arresto o detención de un ciudadano de EE.UU.
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febrero 20, 2018

 

El Departamento de Estado de los Estados Unidos está comprometido en garantizar un tratamiento justo y humano a los ciudadanos de los Estados Unidos encarcelados en el extranjero.

Estamos preparados para ayudar a ciudadanos encarcelados y sus familias dentro de los límites de nuestra autoridad de acuerdo a las leyes internacionales, domésticas y extranjeras.

Los ciudadanos de los EE.UU. están sujeto a las leyes y regulaciones locales mientras esté de visita o residiendo en Colombia.

Evite ser arrestado en el extranjero informándose que leyes locales. Para información básica sobre Colombia visite nuestra página de Información del país, haga click aquí.

  • En caso de un arresto en Colombia, solicite a las autoridades que notifiquen oficialmente a la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá o Agencia Consular en Barranquilla o infórmenos del arresto a través de nuestro correo electrónico ACSBOGOTA@STATE.GOV

Ayuda consular a prisioneros de los Estados Unidos: 

Entendemos que cuando un ciudadano de los Estados Unidos es arrestado en el extranjero, él/ella puede sentirse confundido o desorientado en el principio. Puede estar en un ambiente desconocido, puede no saber la lengua local, costumbres o sistema legal. La Embajada puede asistir a los ciudadanos de EE.UU. con lo siguiente:

  • Proveer una lista de abogados a nivel local que hablen inglés. Haga click aquí. 
  • Facilitar la comunicación con familiares, amigos o asesoría legal del ciudadano de los EE.UU. detenido a través de consentimiento escrito en el formato “Exención de la Ley de Privacidad” (Privacy Act Waiver PAW form DS-5505). Haga click aquí. 
  • Visitar al ciudadano de los EE.UU. detenido tan pronto como sea posible después de haber sido notificados del arresto para verificar el trato por las autoridades y para monitorear el estado de salud y bienestar.*
  • Visitar al ciudadano de los EE.UU. detenido mientras esté en prisión y reportar esas visitas al Departamento de Estado.*
  • Proveer suplementos vitamínicos, cuando las autoridades colombianas lo aprueben.
  • Garantizar que las autoridades colombianas provean cuidado médico apropiado.
  • Suministrar información genérica de los procesos locales de justicia criminal. (Nota: Los empleados consulares no pueden suministrar asesoría legal.)
  • Cuando sea solicitado, garantizar que las autoridades colombianas permitan la visita un miembro del clero de la religión que usted prefiera.
  • Establecer un fideicomiso “OCS” (Overseas Citizens Services -OCS- Trust), para más información haga click aquí. (https://travel.state.gov/content/travel/en/international-travel/emergencies/emergency-financial-assistance.html) Para que familiares y amigos puedan transferir fondos al ciudadano de los EE.UU. en prisión, cuando sea permitido por las autoridades colombianas.
  • Coordinar atención médica, dental o dietaria si no es proveída por la prisión, para ser paga por los fondos del prisionero, fondos suministrados por familia o amigos, o, si aplica y bajo ciertas condiciones, fondos prestados por el gobierno de los EE.UU. Para Asistencia Financiera, haga click aquí. (Pagina Asistencia Financiera)
  • Trabajar para garantizar que los derechos básicos del individuo son protegidos por las leyes locales y que sea tratado humanamente en conformidad con los estándares internacionales.
  • Hacer seguimiento al progreso del caso del individuo en el sistema judicial.

Nota:* Durante la pandemia de COVID-19 las autoridades colombianas no permiten visitas en persona a las prisiones. Otras opciones de internet (Zoom, Google Meet, WhatsApp) se han utilizado para realizar visitas virtuales a prisioneros.

Lo que la Embajada y Agencia Consular de los EE.UU. NO puede hacer:

  • No podemos sacar a ciudadanos de los EE.UU. de una prisión.
  • No podemos asegurar culpabilidad o inocencia.
  • No podemos proveer asistencia legal o representar a ciudadanos de los EE.UU. en una corte.
  • No podemos servir como traductores o intérpretes oficiales.
  • No podemos pagar por servicios legales, médicos u otros.